Piquillín: el Concejo Deliberante aprobó de forma unánime una ordenanza oncopediátrica

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La misma se basa en un proyecto presentado y aprobado en la localidad de Rio Primero llamado «Santi». En esta localidad se llamará «Alma».

El pasado Jueves 1º de Octubre, miembros del Concejo Deliberante de Piquillín, aprobaron de manera unánime una ordenanza oncopediátrica.

La misma se basa en un proyecto presentado y aprobado en la localidad de Rio Primero llamado «Santi». En esta localidad se llamará «Alma», por Alma Bazzoni Medina, la niña que a muy temprana edad fue diagnosticada con cáncer infantil.

En dicha sesión, los ediles recibieron a Julián Argente y a Rosario Centurión, padres de «Santi», quienes impulsaron este proyecto en Río Primero.

El proyecto de ordenanza había sido presentado por el bloque oficialista y recibió el total acompañamiento del bloque opositor.

¿De que se trata la ordenanza?

Es un programa de atención integral que garantiza el acceso a tratamientos y medicamentos necesarios para tratar el cáncer en la infancia y en la adolescencia.

Para ello se creará un Programa Municipal de Cuidado Integral de los Niños y adolescentes de Piquillín cuyo objetivo será la protección integral de los pacientes oncológicos menores de 18 años y la persona responsable de su cuidado.

A través de este programa se promoverá la creación de equipos interdisciplinarios para el acompañamiento del niño, niña y adolescente como así también de su entorno familiar y se capacitará a los equipos de salud para detección temprana del cáncer infantil.

Además se realizarán campañas de concientización sobre la importancia de la donación de médula ósea y de sangre, y se creará Registro Oncopediátrico local.

En cuanto a las prestaciones, tras la evaluación socioeconómica del paciente por parte de un asistente social, se autorizará de manera parcial o total según el caso, el traslado, tratamientos y rehabilitación; y la asistencia y acompañamiento psicológico para el paciente y su familia.

También se prevé una ayuda social básica que incluye alimentos y servicios de energía eléctrica, gas, y agua potable.

En caso del fallecimiento del paciente, el municipio se compromete a cubrir los gastos básicos de sepelio en caso de que la familia no cuente con ese servicio.