La Municipalidad de Piquillín decretó la Emergencia Sanitaria por el Coronavirus

El ente municipal se plegó a los decretos nacional y provincial, con medidas para evitar la propagación del Covid-19. Conocelas punto a punto.

El municipio de Piquillín se adhirió a la normativa del gobierno nacional, que a través del decreto 260/220 declaró la emergencia sanitaria, estableciendo una serie de medidas para evitar la propagación del coronavirus. También la Provincia, a través del decreto 156/2020, tomó decisiones al respecto de mitigar el covid-19.

Las medidas adaptadas al entorno local, que dispuso el municipio son:

  • SUSPENSIÓN de la realización de espectáculos y/o reuniones públicos o privados con concentración masiva de personas en todo el radio municipal de esta localidad de Piquillín, hasta que por esta misma vía las autoridades municipales levanten la suspensión.
  • SOLICÍTESE a la población NO CONCURRIR al Centro de Salud, a las Oficinas Públicas y a cualquier otro lugar, SALVO CASOS DE URGENCIA, para evitar concentración de personas.
  • DISPÓNESE que quedarán comprendida en la suspensión a la que alude el articulo precedente, las siguientes actividades: bailes publicos, apertura de boliches y/o confiterías bailables, evento deportivo como asi tambien espectaculo público que implique presencia de público y todo otro evento masivo (religiosos, culturales), a fin de acatar lo dispuesto por el articulo 18 del Decreto Nacional 260/2020 y cooperar en evitar conglomeraciones de personas para mitigar el impacto sanitario de la pandemia, como lo expresa el art. 19 del Decreto Nacional 260/2020, quedando en consecuencia sin efecto ni valor alguna las habilitaciones municipales que se hubieren otorgado para dichos eventos
  • DISPÓNESE que las autoridades municipales harán las correspondientes denuncias a las infracciones a las medidas dispuestas por la normativa sanitaria vigente, sin perjuicios de las denuncias penales que corresponda efectuar para determinar la eventual comisión de delitos de acción pública, conforme lo previsto en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal, en un todo de acuerdo a lo establecido en el articulo 22 del Decreto Nacional N° 260/2020.

Podés descargar el decreto aquí:

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